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PERMISOS DE CONDUCIR

Más de 30 años de experiencia

Obtener el permiso de conducir es una de las necesidades más importantes hoy en día, pero sobre todo es importante aprender a conducir de forma segura y con fluidez, como base para prevenir los accidentes de circulación.

  • AM: permite conducir cuatriciclos ligeros y ciclomotores de dos o tres ruedas con una cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y que no superen los 45 km/h. La edad para conducir este vehículo es de 15 años como mínimo.
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  • A1: con este carnet se pueden conducir motos de hasta 125 centímetros cúbicos y una potencia de 11 kW (cerca de 15 CV). La condición es que el conductor tenga, al menos, 16 años cumplidos.
AMPLIAR DESCRIPCIÓN PERMISO A1
  • A2: desde diciembre de 2009, entró en escena este carnet como paso intermedio para llegar a conducir las motos más potentes del mercado. Con el A2 se pueden conducir motocicletas de 35 kW (unos 47 cv) y la edad mínima para presentarse al examen es de 18 años.
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  • A: este carnet permite conducir cualquier tipo de vehículo de los del A2, A1 y AM, y además cualquier tipo de motocicleta y triciclo de motor, sea cual sea su potencia y cilindrada. La edad mínima para obtenerlo es de 20 años y no se podrá conseguir hasta que se cumplan los dos años del carnet A2. En el caso de los triciclos, la edad mínima es de 21 años.
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El carnet B de coche es el que tienen en posesión la mayoría de los conductores que circulan por España. Con él se pueden conducir los siguientes vehículos a motor:

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg y con un número máximo de nueve ocupantes, incluido el conductor.
  • Un conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor que se autoriza a conducir con la clase B y un remolque de masa máxima autorizada (MMA) de hasta 750 kg siempre que la MMA del conjunto no sobrepase los 4.250 kg.
  • Triciclos y cuatriciclos de motor.
  • Motos de 125 cc y potencia máxima de 11 kW, siempre que se tenga una experiencia mínima de tres años con este carnet. Como la edad mínima obligatoria para obtener el permiso B es de 18 años, no se podría conducir una moto de este tipo hasta los 21 años con el carnet de coche.

Autoriza para conducir los siguientes vehículos:

  • C1: se pueden llevar vehículos cuya MMA exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg. El vehículo debe tener un máximo de 9 ocupantes, incluido el conductor. Para obtenerlo, es indispensable disponer del permiso B antes y tener un mínimo de 18 años.
  • C: sirve para llevar vehículos con una MMA superior a los 3.500 kg. Al igual que el C1, también se necesita tener el carnet B y, en este caso, se requiere un mínimo de 21 años cumplidos.
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Autoriza para conducir los siguientes vehículos:

  • Salvo los carnets de motos, todos los carnets de conducir anteriores permiten llevar remolques de hasta 750 kg de MMA. Si queremos superar esa masa, deberemos sacarnos el carnet E, que nos permite conducir el vehículo que corresponda junto con un remolque o semirremolque de una MMA superior a 750 kg. Es así como conseguimos los diferentes permisos C1+E, C+E, D1+E, D+E o B+E. Los cuatro primeros requieren tener un mínimo de 21 años, mientras que el último, el del carnet B con remolque, solo tiene como requisito tener 18 años.
AMPLIAR INFO PERMISO C+E


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